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Habilitación de Libros de Subcontratación

Descripción

Obtener la habilitación del libro de subcontratación de forma virtual, sin necesidad de presentarlo físicamente ante la autoridad laboral.

Finalidad

Obtener la habilitación del libro de subcontratación de forma virtual, sin necesidad de presentarlo físicamente ante la autoridad laboral.

Quien lo puede Presentar

Quienes sean personas físicas o jurídicas que sean contratistas principales en obras de construcción, o promotores de obras que contraten autónomos.

Plazos de Presentación

Todo el año.

Presentación

Presentación presencial  

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas  

Presentación telemática  

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico" de esta misma página.  
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.  

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias. 

Organo Gestor

Servicio de Ordenación Laboral

Efecto del silencio Administrativo
No procede
Normativa básica
  • Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. BOE 08 de agosto de 2000
  • Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. BOE 19 de octubre de 2006
  • Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. BOE 25 de agosto de 2007
Información Adicional

LIBRO EN SOPORTE FÍSICO

El contratista principal o promotor que contrate autónomos mantiene la obligación de disponer del libro de subcontratación en soporte físico en todas las obras en las que sea preceptivo.

La diligencia telemática sustituirá a la diligencia de habilitación física con sello y firma de la autoridad laboral competente, por lo que ya no será necesaria la presentación del libro en soporte físico para su habilitación.

SERVICIOS RELACIONADOS  

Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias 

Documentación relacionada
01. Solicitud normalizada

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentos requeridos
Solicitud
Solicitud en modelo normalizado
Documentos aportados
Otros documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho a los interesados a "aportar cualquier otro documento que se estime conveniente"
  • Tramitación Registro Electrónico
    Seleccione como desea identificarse:
    • Acceso mediante sistema Clave
  • Tramitación Presencial