Obtener ayudas económicas para los sistemas de digestión de cualquier tipo de materia orgánica susceptible de ser aprovechada por este tratamiento; así como las instalaciones necesarias para el tratamiento previo, manejo y almacenamiento del biogás obtenido; y aquellas que permitan su aprovechamiento energético.
Empresas privadas o trabajadores autónomos.
Presentación presencial
Presentación telemática
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética.
4 meses
Potestativo de reposición y Extraordinario de revisión
DATOS PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
La cuantía de la subvención será de hasta el 30% del gasto subvencionable y, en ningún caso, superará el importe máximo que aparece a continuación:
GASTOS SUBVENCIONABLES
CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para la valoración de las solicitudes de esta línea se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
(1)Actuaciones finalizadas: todas aquellas cuyo porcentaje de ejecución sea del 100% a fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes.
(2)El registro de la instalación se refiere al registro del certificado de la instalación por el órgano competente de esta comunidad autónoma, de acuerdo con la normativa de aplicación a cada instalación.
(3)Si la actuación no se ha iniciado a fecha de presentación de solicitudes el porcentaje de ejecución será 0%. Si la actuación se ha finalizado antes de dicha fecha, el porcentaje de ejecución será el 100%.
INFORMACIÓN ADICIONAL
SERVICIOS RELACIONADOS