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Subvención para la instalación de estaciones de repostaje de combustibles alternativos accesibles al público

Descripción

Obtener subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la puesta en servicio estaciones de repostaje de gas natural (incluido el biometano) en forma gaseosa, gas natural comprimido (GNC) y, en forma licuada, gas natural licuado (GNL), en lugares de acceso público permitidos por la normativa de aplicación

Finalidad

Obtener subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la puesta en servicio estaciones de repostaje de gas natural (incluido el biometano) en forma gaseosa, gas natural comprimido (GNC) y, en forma licuada, gas natural licuado (GNL), en lugares de acceso público permitidos por la normativa de aplicación.

Quien lo puede Presentar

Empresas privadas legalmente acreditadas y registradas para el ejercicio de la actividad de suministro de combustibles, según determine la normativa de aplicación

Plazos de Presentación
28/03/2025 00:00:00 - 02/05/2025 23:59:00
Presentación

Presentación telemática  

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico" de esta misma página.  
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.  

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias. 

Organo Gestor

Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética

Plazo de resolución

4 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Potestativo de reposición y Extraordinario de revisión

Normativa básica
  • Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
  • Resolución de 23 de mayo de 2018, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el uso de energías renovables y para acciones de ahorro y eficiencia energética.
  • Extracto de la Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el uso de energías renovables y para acciones de ahorro y eficiencia energética, para el ejercicio 2025 
Información Adicional

DATOS PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

  • Código DIR: A03003934.
  • Órgano al que se dirige: Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • El coste de adquisición de nuevos equipos y el relacionado con las instalaciones y obras necesarias para la puesta en servicio de instalaciones de llenado de GNC o de GNL.
  • El coste del sistema de pago integrado físico (TPV) o telemático incorporado.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

La cuantía de la subvención será de hasta el 25% del gasto subvencionable y en ningún caso superará el importe máximo que aparece a continuación:

 

 LÍNEA DE SUBVENCIÓN

 IMPORTE MÁXIMO DE AYUDA

 Por cada estación de repostaje de gas natural comprimido(1)

 55.000 €

 Por cada estación de repostaje de gas natural licuado(2)

 88.000 €

(1)Independientemente del número de instalaciones de llenado y surtidores; se trata de estaciones de repostaje que no usen gas natural licuado en ninguna etapa del proceso.

(2)Independientemente del número de instalaciones de llenado y surtidores; se trata de estaciones de repostaje que usen gas natural licuado (GNL) y que puedan suministrarlo en forma de GNL o de gas natural comprimido (GNC).

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN

Para la valoración de las solicitudes de esta línea se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

 

 CRITERIO DE VALORACIÓN

 PUNTUACIÓN

 Actuación finalizada(1) con registro definitivo de instalación(2)

2

 Actuación finalizada con solicitud de registro de la instalación

1

 En función del porcentaje de ejecución(3):

 

 75%< %Ejecución <=100%

2

 50%< %Ejecución <=75%

1,5

 25%< %Ejecución <=50%

1

 0%<= %Ejecución <=25%

0,5

 Por la ausencia de una instalación de este tipo en una distancia de 50  km por una vía principal(4)

3

 Por cada vía principal a la que de servicio la estación de recarga en un radio de 5 km

2

 Por estar en un radio de 5 km de una de las rutas europeas

1

(1)Actuaciones finalizadas: todas aquellas cuyo porcentaje de ejecución sea del 100% a fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes.

(2)El registro de la instalación se refiere al registro del certificado de la instalación por el órgano competente de esta comunidad autónoma, de acuerdo con la normativa de aplicación a cada instalación.

(3)Si la actuación no se ha iniciado a fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes el porcentaje de ejecución será 0%. Si la actuación se ha finalizado antes de dicha fecha, el porcentaje de ejecución será el 100%. (4)Se considera vía principal: la red de autopistas, autovías y la red básica de carreteras del Principado de Asturias.

INFORMACIÓN ADICIONAL 

  • Ficha de acreedores 

SERVICIOS RELACIONADOS  

  • Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias 

 

Documentación relacionada
01.Solicitud normalizada

02.Acta de recepción

03. Resolución de la convocatoria (2025)

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación requerida
Solicitud
Solicitud en modelo normalizado
Ficha de acreedores
Ficha de acreedores. (En caso de no estar dados de alta en la base de terceros del Principado de Asturias o pretender un cambio de cuenta bancaria)
Memoria técnica
Memoria técnica, debidamente firmada, que incluya: Descripción de las actuaciones concretas a realizar, Calendario previsto para los trabajos de ejecución de la instalación, Cálculos, Plano de ubicación geográfica de la actuación y planos detallados de la instalación con indicación de la ubicación de los elementos principales, Presupuesto desglosado por unidad de obra en el que se detallen de forma separada los conceptos y costes subvencionables, así como la documentación específica que se recoge en los subapartados siguientes: Ubicación de la instalación, indicando las coordenadas UTM
Escritura pública de constitución
Copia de la escritura pública de constitución
Documento acreditativo del Número de Identificación Fiscal
Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
Documento acreditativo del alta en el Impuesto de Actividades Económicas
Certificado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (IAE)
Documento acreditativo de la representación
Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la empresa solicitante
En caso de actuaciones en ejecución, además:
Certificado del grado ejecución de la instalación
Certificación del grado ejecución de la instalación, realizada por un técnico competente
Fotografía del estado de las obras
Al menos, 3 fotografías que muestren el estado de las obras en la correspondiente localización
En caso de actuaciones finalizadas, además:
Cuenta justificativa
Documentación justificativa señalada en la base decimotercera
Acta de recepción de la actuación finalizada
Acta de recepción de las instalaciones relativas a la actuación objeto de la subvención firmada por la empresa instaladora y por el titular, según el modelo normalizado
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
Documento acreditativo de la identidad
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
Certificado de cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Certificado vigente de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social
Certificado de cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales
Certificado vigente de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
Certificado de cumplimiento de las obligaciones tributarias autonómicas
Certificado vigente de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias
Documentos aportados
Otros documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
La solicitud esta fuera de plazo