Descripción
Obtener la inscripción, en el Registro del Principado de Asturias de Empresas Alimentarias, del inicio de la actividad o los cambios administrativos de las empresas alimentarias con establecimientos ubicados en el territorio del Principado de Asturias que no deban estar inscritas en el Registro General Sanitario de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Igualmente, se inscribirán en el RPAEA las empresas que no posean ningún establecimiento pero que tengan su domicilio social en el ámbito territorial del Principado de Asturias
Finalidad
Obtener la inscripción, en el Registro del Principado de Asturias de Empresas Alimentarias, del inicio de la actividad o los cambios administrativos de las empresas alimentarias con establecimientos ubicados en el territorio del Principado de Asturias que no deban estar inscritas en el Registro General Sanitario de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Igualmente, se inscribirán en el RPAEA las empresas que no posean ningún establecimiento pero que tengan su domicilio social en el ámbito territorial del Principado de Asturias
Quien lo puede Presentar
Titulares de empresas y establecimientos alimentarios minoristas que estén ubicados en el Principado de Asturias y que requieran su inscripción en el RPAEA
Presentación
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organo Gestor
Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental.
Recursos
Potestativo de reposición.