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Comunicación como transportista de residuos no peligrosos

Descripción

Comunicación para el alta, modificación o baja de la inscripción en el Registro de producción y gestión de residuos como transportista de residuos no peligrosos, o recogedor transportista de residuos no peligrosos en el caso de transporte vinculado a una instalación de almacenamiento

Finalidad

Comunicación para el alta, modificación o baja de la inscripción en el Registro de producción y gestión de residuos como transportista de residuos no peligrosos, o recogedor transportista de residuos no peligrosos en el caso de transporte vinculado a una instalación de almacenamiento

Quien lo puede Presentar

Ser transportista con carácter profesional y disponer de las licencias necesarias para la circulación de vehículos y para el transporte de mercancías.

Plazos de Presentación

Todo el año

Presentación

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organo Gestor

Servicio de Residuos y Economía Circular

Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos

Recurso potestativo de reposición

Normativa básica

Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, del ministerio de medio ambiente, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos. (Ministerio de medio ambiente) corrección de errores: BOE 61 (12-3-2002) BOE 19 de febrero de 2002

Real decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. (Ministerio de la presidencia) corrección de errores, BOE 76 (30-3-2005) BOE 26 de febrero de 2005

Real decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso. (Ministerio de la presidencia) BOE 03 de enero de 2006

Real decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. (Ministerio de la presidencia) BOE 03 de febrero de 2008

Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. BOE 29 de julio de 2011

Directiva 2012/19/UE del parlamento europeo y del consejo, de 4 de julio de 2012, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). Diario oficial de las comunidades europeas, serie legislación 24 de julio de 2012

Ley del principado de Asturias 11/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales para 2015. [Cód. 2014-22510] rectificación de error, BOPA 12 (16-1-2015) BOPA 31 de diciembre de 2014

Pago de tasas

No lleva tasa asociada. Bonificación del 100% en aplicación de la Ley del Principado de Asturias 4/2022, de 1 de junio, de modificación del texto refundido de las leyes de tasas y de precios públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio

Información Adicional

Tras la entrada en vigor de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, las entidades o empresas que recojan residuos y las que transporten residuos con carácter profesional, deberán presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde tengan su sede social. Dicha comunicación será válida en todo el territorio nacional y se inscribirá, por la Comunidad Autónoma ante la que se haya presentado en su respectivo Registro.

 

Documentación relacionada
Anexo I. Residuos a recogerr

Anexo II. Descripción de los vehículos

Anexo III. Cesión de vehículo

Solciitud normalizada de procedimiento

Documentos a Presentar
Documentos requeridos
Solicitud
Solicitud normalizada del procedimiento
Documento acreditativo de la identidad
Formulario de datos de los residuos a recoger/transportar
Formulario sobre los Residuos a recoger/transportar (Anexo I)
Formulario de descripción de los vehículos para la recogida/transporte
Formulario con los vehículos utilizados para la recogida/transporte de residuos (Anexo II)
Documento de cesión del vehículo
Documento de Cesión del Vehículo, si el propietario del vehículo es distinto del solicitante (Anexo III)
Contrato para la realización de la recogida/transporte de residuos
El contrato vinculante para la realización de la recogida/ transporte de residuos, si los vehículos no pertenecen a la empresa
Documentos aportados
Otros documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".