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Ayudas a entidades sin ánimo de lucro para celebrar certámenes de productos agroalimentarios

Descripción

Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la financiación de los gastos ocasionados por la celebración de certámenes de productos agroalimentarios (concursos, muestras y exposiciones) que no tengan finalidad comercial y que se desarrollen en el ámbito territorial del Principado de Asturias

Finalidad

Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la financiación de los gastos ocasionados por la celebración de certámenes de productos agroalimentarios (concursos, muestras y exposiciones) que no tengan finalidad comercial y que se desarrollen en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Quien lo puede Presentar

Entidades sin ánimo de lucro que organicen certámenes de productos agroalimentarios, excluidas las Administraciones Públicas, que cumplan los siguientes requisitos:

1.- El número de participantes en el certamen será, como mínimo, el siguiente:

  • Municipales: 15
  • Comarcales: 30
  • Regionales y nacionales: 50

2.- La celebración del certamen será entre el 1 de noviembre del año anterior al de la solicitud y el 31 de octubre del año de la solicitud. 

3.- El certamen se regulará mediante un reglamento interno en el que se incluirán:

  • Fechas y horarios de celebración del certámen
  • Productos agroalimentarios que se van a exponer
  • Calificación del certamen (municipal, comarcal, regional o nacional)
  • Premios que se van a conceder, si procede

4.- Que los productos expuestos cumplan las normas de calidad higiénico-sanitarias y que los productos transformados, disponiendo de registro sanitario, se identifiquen mediante su etiqueta correspondiente.

5.- Cumplir con lo establecido en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

6.- Comprometerse a facilitar la realización de los controles que efectúe la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, para verificar el cumplimiento de los requisitos.

Plazos de Presentación
03/05/2025 00:00:00 - 01/06/2025 23:59:00
Presentación

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organo Gestor

Servicio de Agroindustria

  • Código de identificación (DIR): A03028914
Plazo de resolución

El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de tres meses, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera efectuado la indicada notificación podrá entenderse desestimada la solicitud, a los efectos de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la obligación que la citada Ley impone a la Administración de resolver expresamente.

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Potestativo de reposición

Normativa básica

Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992

Decreto 14/2000, de 10 de febrero, primera modificación del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 25 de febrero de 2000

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006

Resolución de 6 de julio de 2018, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro, con destino a la celebración de certámenes de productos agroalimentarios en el Principado de Asturias. BOPA 13 de julio de 2018

Extracto de la Resolución de 21 de abril de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de 2025 de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro, con destino a la celebración de certámenes de productos agroalimentarios en el Principado de Asturias

Información Adicional

Tipos de certámenes

Atendiendo a la procedencia geográfica de los productos expuestos, los certámenes se clasifican en municipales, comarcales, regionales y nacionales.

Reparto de las ayudas

Se repartirán modulando las ayudas por un sistema de puntos y asignando mayor número de puntos a los certámenes de mayor duración, a los de mayor número de expositores, a los de mayor ámbito territorial y a los dedicados a presencia de productos alimenticios con figura de calidad reconocida según la calificación por procedencia de los productos expuestos.

Ficha de acreedores

  • La ficha de acreedores se puede descargar través del siguiente enlace Ficha de acreedores

SERVICIOS RELACIONADOS

  • AYUD0090T02 Justificación de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para celebrar certámenes de productos agroalimentarios
Documentación relacionada
01. Resolución de la convocatoria

01.Solicitud normalizada del procedimiento

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentos requeridos
Solicitud
Solicitud en modelo normalizado.
Estatutos
Documento acreditativo de la personalidad del solicitante, mediante fotocopia de los estatutos.
Reglamento del certamen
Reglamento del certamen.
Estimación del número de expositores
Estimación del número de expositores.
Prespuesto
Presupuesto detallado de ingresos y gastos previstos o habidos en el certamen.
Ficha de acreedores
Ficha de acreedores (si no ha sido entregada previamente o si se producen cambios en relación a la misma).
Certificado de inscripción como entidad sin ánimo de lucro
Certificado de inscripción como entidad sin ánimo de lucro o documento de reconocimiento de esta clasificación.
De haberse celebrado ya el certamen en el momento de presentar la solicitud, deberá aportar:
Acta del certamen
Acta del certamen, contemplando al menos: nombre del certamen, lugar y fechas de celebración, horarios, la calificación (municipal, comarcal, regional o nacional), listado de premios asignados y la identificación de cada uno de los destinatarios de los premios mediante el nombre y dos apellidos.
Certificado de expositores participantes
Certificación del número de expositores participantes de productos agroalimentarios identificando cada uno de ellos mediante el nombre y dos apellidos o bien el nombre de la empresa, indicando los productos expuestos en cada expositor, haciendo hincapié en aquellos que pertenecen a una figura de calidad reconocida y el origen de cada uno de los expositores.
Declaración de participación
Declaración de participación cumplimentada y firmada por cada uno de los expositores.
Presupuesto de ingresos y gastos
Presupuesto detallado de ingresos y gastos habidos en la realización del certamen, con indicación de la financiación procedente de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, debiendo figurar el importe de la financiación en el detalle de los ingresos.
Documentos aportados
Otros documentos aportados
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015, en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
La solicitud esta fuera de plazo