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Ayudas para el fomento de la comercialización de alimentos ecológicos

Descripción

Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas por parte de las asociaciones de productores ecológicos del Principado de Asturias para fomentar la comercialización de los alimentos certificados como ecológicos por el Consejo de la Producción Ecológica del Principado de Asturias (COPAE) y producidos en las huertas y granjas asturianas 

Finalidad

Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas por parte de las asociaciones de productores ecológicos del Principado de Asturias para fomentar la comercialización de los alimentos certificados como ecológicos por el Consejo de la Producción Ecológica del Principado de Asturias (COPAE) y producidos en las huertas y granjas asturianas.

 

 

Quien lo puede Presentar

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades asociativas de productores ecológicos, con ámbito de actuación en el Principado de Asturias que tengan personalidad jurídica propia y estén legalmente constituidas en el momento de la solicitud de la ayuda bajo alguna de las siguientes fórmulas jurídicas: Cooperativas de primer o ulterior grado, uniones de cooperativas, SAT.

 

 

Plazos de Presentación
28/03/2025 00:00:00 - 21/04/2025 23:59:00
Presentación

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias. 

Organo Gestor

Servicio de Desarrollo Rural.

Plazo de resolución

4 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Potestativo de reposición

Normativa básica
  • Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
  • Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis
  • Resolución de 2 de abril de 2019, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se aprueba el texto consolidado de las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones para el fomento de la comercialización de alimentos ecológicos en el Principado de Asturias. BOPA 24 de abril de 2019
  • Extracto de la Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el fomento de la comercialización de alimentos ecológicos en el Principado de Asturias en 2025
Información Adicional

RÉGIMEN DE LAS AYUDAS

Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva y están sujetas al REGLAMENTO (UE) Nº 2023/2831 DE LA COMISIÓN de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

JUSTIFICACIÓN DE LA INVERSIÓN

Tendrán validez como documentos justificativos de las actividades subvencionadas para la presente convocatoria, aquellos que se correspondan con gastos subvencionables efectuados en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025 y que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación, 15 de octubre de 2025.

El plazo para la presentación de toda la documentación justificativa de la inversión, finaliza el día 15 de octubre de 2025.

 

FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores

SERVICIOS RELACIONADOS  

Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias 

Documentación relacionada
01. Solicitud normalizada

02. Resolución de la convocatoria (2025)

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentos requeridos
Solicitud
Solicitud en modelo normalizado.
Acta de constitución
Acta de constitución, salvo que ya obre en poder de la Consejería Medio Rural y Cohesión Territorial.
Estatutos
Estatutos originales y las modificaciones de los mismos, salvo que ya obren en poder de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.
Certificado del acta de la reunión en que se acordó solicitar la subvención
Certificación del acta de la reunión que acredite fehacientemente que el órgano de gobierno de la entidad ha tomado el acuerdo de solicitar la ayuda
Documento acreditativo de la representación
Acreditación del poder de representación de la persona solicitante.
Relación de socios ecológicos
Relación de socios ecológicos de la entidad con indicación de las superficies de cada cultivo o el código CEA.
Contratos de trabajo
Contratos de trabajo o contrato de prestación de servicios del personal de comercialización.
Memoria
Memoria.
Fichero de acreedores
Ficha de acreedor
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
Documento acreditativo del número de identificación fiscal
Tarjeta de identificación fiscal.
Poder notarial de representación
Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
Certificado de cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificado de cumplimiento con las obligaciones tributarias autonómicas
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Certificado de cumplimiento con las obligaciones tributarias estatales
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Documentos aportados
Otros documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
La solicitud esta fuera de plazo