Descripción
Presentar la comunicación y declaración responsable para organizar y desarrollar campamentos, colonias, acampadas itinerantes o actividades mixtas, en las que los participantes sean menores de 30 años, en número superior a seis, que no tengan carácter familiar, cuya duración sea igual o superior a cuatro días continuados, que exijan pernoctación y que se desarrollen dentro del territorio del Pincipado de Asturias
Finalidad
Presentar la comunicación y declaración responsable para organizar y desarrollar campamentos, colonias, acampadas itinerantes o actividades mixtas, en las que los participantes sean menores de 30 años, en número superior a seis, que no tengan carácter familiar, cuya duración sea igual o superior a cuatro días continuados, que exijan pernoctación y que se desarrollen dentro del territorio del Pincipado de Asturias
Quien lo puede Presentar
Personas físicas, asociaciones, entidades o empresas públicas o privadas que pretendan organizar y desarrollar un programa de actividades de tiempo libre dirigidas a niños y jóvenes (campamentos, colonias, acampadas itinerantes, campos de voluntariado o actividades mixtas) en el Principado de Asturias.
Será necesario:
- Contar con un responsable que estará permanentemente en la actividad y deberá estar en posesión del diploma de director de actividades de tiempo libre expedido por los órganos competentes en materia de juventud o aquellas titulaciones o certificados de profesionalidad que incluyan la cualificación profesional de dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
- Como mínimo deberá existir un monitor de tiempo libre por cada 10 participantes o fracción, excepto para actividades con participación superior a 6 e inferior a 15 participantes, en cuyo caso bastará con que el equipo directivo esté constituido por la persona responsable de la actividad y un monitor de tiempo libre. En las actividades con finalidad cultural, docente o deportiva que, por razón de su programación, necesiten de profesorado o de monitores especializados, podrán incluir este personal dentro del equipo de monitores, si bien el número mínimo de monitores diplomados en actividades de tiempo libre dentro del equipo directivo será como mínimo de un 25%.
- Disponer de los certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos respecto del equipo de dirección (director/a, monitores, monitores en prácticas) y personal auxiliar que preste servicio en la actividad.
- Disponer de un programa de formación y actividades, así como de las condiciones técnicas de la actividad.
- Disponer de una relación nominal de los participantes, incluyendo edad, domicilio, DNI y número de teléfono, junto con la autorización escrita del representante legal (padre, madre o tutor) para menores de edad."
- Contar con la autorización del propietario del terreno o inmueble donde se desarrolle la actividad o de su representante legal.
- Contar, en su caso, con las preceptivas autorizaciones de la Administración General del Estado.
- Contar con la manifestación de la puesta en conocimiento y no disconformidad del Ayuntamiento en cuyo término municipal se desarrolle la actividad.
- Contar con las autorizaciones específicas que fueran necesarias en caso de acampadas itinerantes o vivaqueos.
- Contar con el informe favorable de las Consejerías competentes, en caso de que exista algún régimen de protección especial en la zona donde se realiza la actividad.
- Disponer del informe favorable de la Consejería competente en materia de salud pública referente a las condiciones higiénico-sanitarias del lugar y de la potabilidad del agua (salvo que se utilicen las redes municipales de saneamiento y abastecimiento).
- Disponer de las cartillas de asistencia médica o seguro médico privado que cubra a todos los participantes en la actividad y determinación del centro sanitario al que se acudirá en caso de necesidad.
- Estar en posesión de póliza de seguros de accidentes y de responsabilidad civil en vigor, acreditar estar al corriente del pago y respecto a la póliza de accidentes deberá acreditar que cubre las fechas en que se desarrolla la actividad así como a la totalidad de los participantes.
Plazos de Presentación
La actividad deberá comunicarse al Instituto Asturiano de la Juventud con una antelación de 10 días a su inicio y, antes de iniciarse, se presentará una declaración responsable.
Presentación
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organo Gestor
Instituto Asturiano de la Juventud