1.- Crédito presupuestario:
Líneas
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Concepto
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Importe
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Línea 1
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Actividades culturales
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17.000,00 €
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Fiestas tradicionales asturianas y/o actividades de promoción de la gastronomía asturiana
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20.000,00 €
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Día de Asturias
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20.000,00 €
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Actividades realizadas por los grupos de cultura asturiana y/o deporte tradicional asturiano de las distintas Comunidades Asturianas
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20.000,00 €
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Línea 2
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Gastos corrientes
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20.000,00 €
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Línea 3
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Gastos de intereses de la adquisición o del pago del arrendamiento del inmueble en el que se ubique la sede social
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3.000,00 €
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Línea 4
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Inversiones en Sedes Sociales
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86.000,00 €
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Las cuantías máximas de las ayudas por entidad beneficiaria serán las siguientes:
- Línea 1: nueve mil euros (9.000,00 €)
- Línea 2: cinco mil euros (5.000,00 €)
- Línea 3: tres mil euros (3.000,00 €)
- Línea 4: veinte mil euros (20.000,00 €). Además de lo anterior y acorde a lo recogido en la base reguladora Cuarta en relación con la línea 4, el porcentaje máximo objeto de subvención sobre el presupuesto aceptado será del 90%.
Si una vez valoradas la totalidad de las solicitudes resultase saldo disponible en alguno de los importes reservados por línea, se podrán incrementar las demás si fuese necesario para atender las solicitudes presentadas acorde a lo establecido en las Bases Reguladoras y en la Convocatoria.
2.- Justificación:
El plazo máximo para la justificación de las ayudas concedidas será hasta el 31 de enero del 2025 inclusive, teniendo en cuenta para todas las líneas que se admitirán gastos realizados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.
La justificación se hará mediante la presentación de los documentos contemplados en la base decimoséptima de las reguladoras, debiendo presentarse para el caso de las líneas 1, 2 la cuenta justificativa conforme al "Anexo V. Cuenta Justificativa" disponible en el apartado "Documentación relacionada"
Para la justificación de la línea 4, se presentarán, además de la documentación requerida en las bases, el "Anexo VIII. Cuenta Justificativa Línea 4" disponible en el apartado "Documentación relacionada"
3.- Ficha de acreedores
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores