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Admisión de alumnado en centros docentes de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato

Descripción

Solicitar la admisión del alumnado para cursar enseñanzas en educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias (centros docentes no universitarios públicos y privados concertados)

Finalidad

Solicitar la admisión del alumnado para cursar enseñanzas en educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias (centros docentes no universitarios públicos y privados concertados).

Quien lo puede Presentar

Representantes legales del alumnado, o el propio alumnado si es mayor de edad.

Plazos de Presentación
14/04/2026 00:00:00 - 24/04/2026 23:59:00
Presentación

El procedimiento se realizará de manera presencial de acuerdo con lo previsto en la Resolución de 04 de febrero de 2026 de la Consejería de Educación y en la Resolución de 04 de febrero de 2026 de la Dirección General de Centros, Red 0-3 Años.

Los impresos de solicitud estarán disponibles tambien en el Portal Educativo, para su descarga, cumplimentación y entrega en el centro elegido en primer lugar, sin perjuicio de la posibilidad de solicitar los impresos en el propio centro.

Organo Gestor

Servicio de Centros.

Plazo de resolución

Hasta 10 de septiembre de 2026.

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Recurso de alzada.

Normativa básica
  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. BOE 4 de mayo de 2006
  • Decreto 66/2007, de 14 de junio, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias. BOPA 6 de julio de 2007
  • Resolución de 7 de mayo de 2004, de la Consejería de Educación y Ciencia ,por la que se delimitan las áreas de influencia y las áreas limítrofes de los centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado. BOPA 17 de mayo de 2004
  • Resolución de 22 de marzo de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias. BOPA 26 de marzo de 2021
  • Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba el calendario de actuaciones y se determinan las Comisiones de Escolarización del procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en el Principado de Asturias para el curso 2026/2027. BOPA20/02/2026.
  • Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Dirección General de Centros y Red 0-3 Años, por la que se aprueban instrucciones en relación con la presentación de solicitudes, con la documentación a presentar a los efectos de acreditación de los criterios de admisión y con el alumnado que cursa simultáneamente Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato y Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, en el procedimiento de admisión de alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias para el curso 2026-2027. BOPA 20/02/2026.

 

Información Adicional

En el caso de que se desee obtener puntuación por baremo, se deberán aportar los documentos identificados al respecto en el apartado Documentos requeridos.

Documentación relacionada
01. Solicitud normalizada

02. Anexo autorizaciones miembros unidad familiar

Documentos a Presentar
Documentos requeridos
Solicitud
Solicitud en modelo normalizado
En el caso de que se desee obtener puntuación por baremo, se deberán aportar los siguiente documentos:
Hermanos matriculados en el centro:
Documento acreditativo de la existencia del vínculo familiar
Los representantes legales del alumnado deberán acreditar la existencia del vínculo familiar, mediante copia del libro de familia o por cualquier medio válido en derecho
Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguna de las personas con representación legal:
Certificación de los datos del padrón municipal
Certificación de los datos del padrón municipal (volante histórico con convivencia) en el que figuren todos los miembros de la unidad familiar que conviven en él. La fecha de alta en el domicilio debe tener una antigüedad de 6 meses, salvo causas debidamente justificadas
Proximidad del lugar de trabajo de padres o tutores del alumno o del propio alumno:
En el caso de trabajadores que ejerzan su actividad laboral por cuenta ajena, se presentará alguno de los siguientes documentos:
Contrato de trabajo
Copia del contrato de trabajo en el que conste el centro de trabajo
Certificado acreditativo de lugar de trabajo
En el supuesto de no constar o no tener contrato, certificado expedido por la persona titular del centro o responsable de personal donde conste el domicilio del centro
En el caso de trabajadores que ejerzan su actividad laboral por cuenta propia, se presentará alguno de los siguientes documentos:
Documento acreditativo de la realización de la actividad económica emitido por la TGSS
Certificado que acredite la realización de la actividad económica emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social donde conste el lugar de trabajo
Certificado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas
Documento que acredite estar de alta en el IAE en el que conste el lugar donde se desarrolle dicha actividad, en caso de existir obligación de estar de alta
Licencia de apertura
Licencia de apertura expedida por el Ayuntamiento
Declaración responsable sobre la vigencia de la licencia de apertura
En el caso de no existir obligación de estar de alta en el IAE, Declaración responsable sobre la vigencia de la licencia de apertura
Certificado de vida laboral
Certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
Documento acreditativo del domicilio fiscal
Certificado del domicilio fiscal de la persona con trabajo autónomo emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Rentas anuales de la unidad familiar (si desea obtener puntos por este apartado):
Autorización para la consulta a la AEAT sobre las rentas de la unidad familiar
Autorización, según modelo para la consulta a la AEAT de información sobre las rentas anuales de la unidad familiar, correspondiente al ejercicio fiscal anterior en dos al que se presenta la solicitud
Documento acreditativo de la relación de miembros de la unidad familiar
Copia de la hoja de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) del ejercicio anterior en 2 años al año en que se presenta la solicitud de admisión, donde conste la relación de los miembros de la unidad familiar
Libro de Familia
O Libro de Familia
En caso de que no exista la obligación de presentar la declaración sobre el IRPF:
Documento acreditativo de la inexistencia de obligación a presentar declaración IRPF
Autorización para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria informe sobre la inexistencia de dicha obligación de declarar
Documento acreditativo de rentas y número de miembros de la unidad familiar
Certificación de haberes, declaración responsable o cualquier otro documento de cada uno de dichos sujetos, relativo a las rentas y al número de miembros de la unidad familiar en el ejercicio fiscal que permita baremar y aplicar los puntos correspondientes
En caso de separación legal, nulidad, divorcio o cuando no exista vínculo matrimonial:
Documento acreditativo de la inexistencia de vínculo matrimonial
La autorización la concederá quien tenga concedida la guardia y custodia y se presentará copia de la sentencia de separación, nulidad o divorcio, o el libro de familia, o cualquier medio válido en derecho que acredite la inexistencia del vínculo matrimonial
Padres, madres o tutores legales que trabajen en el centro educativo:
Certificado del centro educativo
Acreditado de la existencia de dicha circunstancia por el centro educativo correspondiente
Familia numerosa, alumnado nacido de parto múltiple, monoparental y situación de acogimiento familiar:
Documento acreditativo de la condición de familia numerosa
La información relativa a la condición de familia numerosa será recabada por la Administración, salvo que se oponga a la consulta, que deberá aportar certificación o copia de la tarjeta identificativa
Documento acreditativo de condición personal por parto múltiple
La información relativa a parto múltiple será acreditada mediante copia del libro de familia
Documento acreditativo de la condición de familia monoparental
La información relativa a la condición familia monoparental, será acreditada mediante copia de todas las hojas del libro de familia o copia de la sentencia o resolución judicial que acredite que la patria potestad la ostenta una sola persona
Documento acreditativo de la situación de acogimiento familiar
Copia de la sentencia o resolución judicial o administrativa que lo justifique
Condición de discapacidad:
Certificado de discapacidad
Certificación emitida por el organismo público competente, siempre que la persona interesada ejerza el derecho de oposición a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas
Condición de víctima de violencia de género:
Documento judicial
Sentencia condenatoria, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal.
Informe de los servicios sociales
Informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género
Condición de víctima de violencia terrorista:
Certificado
Certificado emitido por el Ministerio del Interior acreditativo de tal condición en virtud de sentencia firme.
Diligencias judiciales
Cualquier medio de prueba admitido en derecho, cuando, sin mediar sentencia, se hubiesen llevado las oportunas diligencias judiciales o incoado los procesos penales para el enjuiciamiento de los delitos.
Documentos aportados
Otros documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
La solicitud esta fuera de plazo