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Solicitud de ayudas para el fomento de razas autóctonas españolas

Descripción

Obtener ayudas económicas destinadas a las asociaciones de criadores de ganado reconocidas por la autoridad competente de la comunidad autónoma, para el fomento de las razas autóctonas.

Finalidad
Obtener ayudas económicas destinadas a las asociaciones de criadores de ganado reconocidas por la autoridad competente de la comunidad autónoma, para el fomento de las razas autóctonas.
Quien lo puede Presentar

Asociaciones de criadores de ganado reconocidas oficialmente por el Principado de Asturias  para la gestión del Libro o Libros Genealógicos de la raza o razas autóctonas españolas

Plazos de Presentación
06/05/2025 00:00:00 - 02/06/2025 23:59:00
Presentación

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias. 

Organo Gestor

Servicio de Sanidad y Producción Animal

Plazo de resolución

6 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Potestativo de reposición

Normativa básica
  • Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.
  • Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
  • Decreto 71/1992, DE 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. 
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 
  • Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario. 
  • Extracto de la Resolución de 21 de abril de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas al fomento de las razas autóctonas españolas para el año 2025. BOPA  5 de mayo de 2025
  • Real Decreto 1133/2025, de 10 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.
Información Adicional

SERVICIOS RELACIONADOS  

Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias 

Documentación relacionada
02. Cartel publicidad razas autóctonas

03. Resolución de la convocatoria 2025

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentos requeridos
Solicitud
Solicitud en modelo normalizado
Poder acreditativo de la representación
Acreditación del poder de representación de la persona que firma la solicitud, salvo que se indique en la solicitud el código seguro de verificación de un poder notarial
Memoria
Memoria inicial con las actuaciones para las que se solicita subvención, con el contenido mínimo siguiente: Actividades a desarrollar por línea de actuación; Objetivos que se pretenden alcanzar; Medios disponibles para alcanzar los objetivos; Número de animales activos inscritos en el Libro Genealógico y número de explotaciones activas a fecha de presentación de solicitud
Relación de animales activos
Relación de animales activos inscritos en los distintos registros del libro genealógico a fecha de presentación de solicitud, en soporte informático (fichero Excel o similar)
Presupuesto
Desglose del presupuesto de gastos, en soporte papel o informático (fichero Excel o similar) con al menos las siguientes especificaciones: Línea de actuación, Concepto, Presupuesto inicial (cumplimentar sin IVA, excepto en el caso de que no sea susceptible de recuperación por el beneficiario)
Justificante de exención de IVA
En caso de que el IVA no sea susceptible de recuperación por el beneficiario, justificante de exención de IVA
Si no se han presentado con anterioridad o han sido modificados (artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública) , además:
Acta fundacional
Estatutos
Estatutos de la asociación
Ficha de acreedores
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
Certificado de cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Certificado de cumplimiento de las obligaciones tributarias autonómicas
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Certificado de cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Documentos aportados
Otros documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
La solicitud esta fuera de plazo