MODIFICACIÓN DE LOS COMPROMISOS CONTRAÍDOS
En aplicación de lo dispuesto en el punto 7 del artículo 70 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, en el caso de que se modifiquen las normas obligatorias, requisitos u obligaciones aplicables, respecto a las cuales los compromisos agroambientales y climáticos o para la producción ecológica son más estrictos, se realizarán las correspondientes adaptaciones. En caso de que tal adaptación no sea aceptada por el beneficiario, el compromiso se dará por finalizado, sin que se exija reembolso alguno por el periodo durante el cual el compromiso fuera efectivo.
CUANTÍA
22 euros por colmena.
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
En caso de que con las solicitudes presentadas se supere el crédito disponible se procederá a una selección de beneficiarios según los siguientes criterios de prelación.
CRITERIOS DE PRELACIÓN
Su aplicación no es obligatoria en esta medida. No obstante se aplicarán como criterios de prelación los siguientes.
En cada expediente se asignará un punto (1) por cada colmena comprometida, aplicando como coeficientes multiplicadores para el cálculo de la puntuación total y ordenación de las solicitudes los siguientes:
- colmenas en recintos SIGPAC en zona Red Natura-200 (1,50)
- ratio de distribución de colmenas igual o superior a 20 e inferior a 25 por colmenar (1,25)
- Ratio de distribución de colmenas igual o superior a 25 e inferior a 35 colmenas por colmenar (1,10)
- explotación inscrita en la producción ecológica (1,05)
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.
SERVICIOS RELACIONADOS
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias