Descripción
Obtener ayudas económicas para realizar programas de formación internos de las organizaciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres y de aquellas disciplinas que mejoren su capacidad de incidencia en la participación social para trabajar el desarrollo del principio de igualdad y frente a la violencia económica y programas de atención directa a mujeres de colectivos vulnerables, acompañados de personal y proyectos especializados y realizados bajo el principio de igualdad.
Finalidad
Obtener ayudas económicas para realizar programas de formación internos de las organizaciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres y de aquellas disciplinas que mejoren su capacidad de incidencia en la participación social para trabajar el desarrollo del principio de igualdad y frente a la violencia económica y programas de atención directa a mujeres de colectivos vulnerables, acompañados de personal y proyectos especializados y realizados bajo el principio de igualdad.
Quien lo puede Presentar
- Asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro y las federaciones de asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la defensa de los derechos de las mujeres y de la igualdad, que realicen sus actuaciones en la Comunidad Autónoma.
- Entidades, asociaciones, fundaciones y organizaciones no gubernamentales que carezcan de ánimo de lucro y que trabajen por la igualdad entre mujeres y hombres y las organizaciones sindicales que cuenten con estructuras o departamentos de participación para las mujeres, siempre y cuando todas ellas desarrollen su actividad en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Además deben cumplir los siguientes requisitos:
- Las asociaciones estarán inscritas en el correspondiente registro del Principado de Asturias al menos con un año de antigüedad.
- Haber justificado las ayudas recibidas anteriormente.
- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Organo Gestor
Servicio del Instituto Asturiano de la Mujer.
Recursos
Potestativo de reposición.
Información Adicional
Exclusiones
- Si una federación de asociaciones solicita esta ayuda, no podrán optar también a dicha ayuda las asociaciones que formen parte de la federación solicitante.
Líneas de actuación
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Importe
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Línea 2. Destinada a la realización de programas de formación internos de las organizaciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres, así como de aquellas disciplinas que mejoren su capacidad de incidencia en la participación social para trabajar el desarrollo del principio de igualdad y frente a la violencia económica.
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180.000 €
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Línea 3. Destinada a programas de atención directa a mujeres de colectivos vulnerables, acompañados de personal y proyectos especializados y realizados bajo el principio de igualdad.
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425.000 €
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Actividades subvencionadas
- Programas de formación internos en materia de igualdad entre mujeres y hombres. (Línea 2)
- Actividades de formación en otras disciplinas que mejoren la capacidad de las organizaciones de participación social dirigidas a la igualdad entre mujeres y hombres y la lucha contra la violencia económica. (Línea 2)
- Programas de atención directa a mujeres de colectivos vulnerables, acompañados de personal y proyectos especializados y realizados bajo el principio de igualdad. (Línea 3)
Actividades excluidas
- Talleres o cursos aislados sin formar parte de una estrategia dirigida a la igualdad de oportunidades.
- Excursiones, viajes culturales y cursos de idiomas.
- Adquisición de equipamiento de cualquier tipo con cargo a esta subvención.
Cuantía máxima
La cuantía máxima por entidad beneficiaria será de:
- Línea 2. Hasta 22.500 €.
Para la realización de programas de formación internos de las organizaciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres así como de aquellas disciplinas que mejoren su capacidad de incidencia en la participación social para trabajar el desarrollo del principio de igualdad y frente a la violencia.
- Línea 3. Hasta 27.500 €.
Para la realización de programas de atención directa a mujeres de colectivos vulnerables, acompañados de personal y proyectos especializados y realizados bajo el principio de igualdad.
INFORMACIÓN ADICIONAL
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