1. TRAMITACIÓN
- El acto de conciliación se celebra en la oficina pública dependiente de la autoridad laboral del lugar de la prestación de los servicios (centro de trabajo) o del domicilio de los interesados (domicilio social de la empresa o domicilio del trabajador) a elección del solicitante.
- La autoridad laboral cita a las partes para la celebración del acto de conciliación dentro de los 15 días hábiles siguientes a la presentación de la papeleta de conciliación, siendo la asistencia obligatoria para los interesados (demandantes y demandados) que deben acudir provistos de:
- personas físicas: personalmente con su DNI o NIE o pasaporte. (Si fueran menores de edad, deberán ir acompañadas por su representante que deberá acreditar su identificación).
- personas jurídicas: a través de su representante legal con poder o escritura original junto con su documento original de identificación (DNI o NIE o pasaporte).
- en ambos casos se admite la comparecencia de otra persona, siempre que lo haga con una representación válida en derecho: poder notarial, apoderamiento "apud acta" realizado ante una unidad de mediación, arbitraje y conciliación de España o a través del registro electrónico de apoderamientos. (Si el poder o la escritura notarial son mancomunados deben comparecer el número mínimo de personas establecido en el mismo).
- La asistencia al acto de conciliación es obligatoria para ambas partes.
- La no comparecencia del solicitante al acto de la conciliación o mediación da lugar al archivo de lo actuado, teniéndose por no presentada la papeleta, salvo causa justificada.
- La incomparecencia del demandado supone que la conciliación ha sido intentada sin efecto y queda vía libre al solicitante para presentar la demanda.
- Se presumirá autorizado para recibir citaciones quien presente la papeleta aunque no fuese el interesado.
Deberán hacerse constar los hechos detallados sobre los que verse la demanda, indicando la cuantía económica si fuere la reclamación de esta naturaleza y en caso de reclamación por despido la fecha y efectos del mismo, así como los motivos alegados por la empresa.
2. OFICINAS DE LA UMAC EN ASTURIAS Y ÁMBITO TERRITORIAL DE CADA UNA DE ELLAS
UMAC DE OVIEDO
C/ Santa Susana nº 41 bajo, 33007 Oviedo
Teléfono: 985 10 91 57
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Amieva |
Belmonte de Miranda |
Bimenes |
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Cangas del Narcea |
Cangas de Onís |
Colunga |
Degaña |
Grado |
Ibias |
Llanera |
Llanes |
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Onís |
Oviedo |
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Siero |
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UMAC DE MIERES
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Teléfono: 985 46 43 64
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Lena |
Mieres |
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UMAC DE LA FELGUERA
C/ Florentino Cueto s/n, 33930 La Felguera
Teléfono: 985 69 01 41
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Langreo |
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UMAC DE GIJÓN
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Carreño |
Colunga |
Villaviciosa |
Gijón |
UMAC DE AVILÉS
C/ El Muelle, 8 5ª planta
33402 Avilés
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Avilés |
Boal |
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Castrillón |
Castropol |
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Corvera de Asturias |
Cudillero |
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Illas |
Valdés |
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San Tirso de Abres |
Soto del Barco |
Tapia de Casariego |
Taramundi |
Vegadeo |
Villanueva de Oscos |
Villayón |
SERVICIOS RELACIONADOS
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias