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Ayudas para el fomento de la comercialización de alimentos ecológicos

Finalidad

Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas por parte de las asociaciones de productores ecológicos del Principado de Asturias para fomentar la comercialización de los alimentos certificados como ecológicos por el Consejo de la Producción Ecológica del Principado de Asturias (COPAE) y producidos en las huertas y granjas asturianas.

 

Quien lo puede Presentar

Entidades asociativas de productores ecológicos, con ámbito de actuación en el Principado de Asturias que tengan personalidad jurídica propia y estén legalmente constituidas en el momento de la solicitud de la ayuda bajo alguna de las siguientes fórmulas jurídicas: Cooperativas de primer o ulterior grado, uniones de cooperativas, SAT.

 

Presentación

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En la sede electrónica del Principado de Asturias: https://sede.asturias.es    (código de ficha de servicio AYUD0095T01)
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do   

 

Organo Gestor

Servicio de Desarrollo Agroalimentario.

Plazo de resolución

6 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Potestativo de reposición

Normativa básica

Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006

Reglamento (UE) Nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. DOUE 24 de diciembre de 2013

Resolución de 2 de abril de 2019, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se aprueba el texto consolidado de las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones para el fomento de la comercialización de alimentos ecológicos en el Principado de Asturias. BOPA 24 de abril de 2019

Información Adicional

RÉGIMEN DE LAS AYUDAS

Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva y están sujetas al REGLAMENTO (UE) Nº 1407/2013 DE LA COMISIÓN de 18 de noviembre de 2013 de "Ayudas de minimis", prorrogado hasta 31 de diciembre de 2023 por Reglamento (UE) 2020/972, de 2 de julio de 2020.

JUSTIFICACIÓN DE LA INVERSIÓN

Tendrán validez como documentos justificativos de las actividades subvencionadas para la presente convocatoria, aquellos que se correspondan con gastos subvencionables efectuados en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación, 15 de octubre de 2021.

El plazo para la presentación de toda la documentación justificativa de la inversión, finaliza el día 15 de octubre de 2021.

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores

Documentación relacionada
01.Solicitud normalizada del procedimiento 02. Resolución Convocatoria
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentos requeridos
- Solicitud en modelo normalizado.
- Tarjeta de identificación fiscal.
- Acta de constitución, salvo que ya obren en poder de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.
- Estatutos originales y las modificaciones de los mismos, salvo que ya obren en poder de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.
- Certificación del acta de la reunión que acredite fehacientemente que el órgano de gobierno de la entidad ha tomado el acuerdo de solicitar la ayuda
- Acreditación del poder de representación de la persona solicitante.
- Relación de socios ecológicos de la entidad con indicación de las superficies de cada cultivo o el código CEA.
- Contratos de trabajo o contrato de prestación de servicios del personal de comercialización.
- Memoria.
- Ficha de acreedor.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
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